Demanda de alimentos posterior

Buenas tardes,

Tengo 24 años y desde los 14 años nuestro padre no vive con nosotros desde ese entonces el nunca ha ayudado económicamente, quisiera saber si podemos hacer algún tipo de reclamo? en vista que el tiene el dinero para responder. cabe anotar que tengo 3 hermanos, uno de 22 años una de 19 años y una de 16 años.

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Amaury Perez Palomino

Abogado de San José del Guaviare

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Contestado

La obligación de brindar alimentos depende de dos situaciones; la necesidad del alimentado y la capacidad económica del alimentante. En todo caso, si no se demuestra capacidad económica del padre, se presumira que devenga el salario mínimo. Esta obligación se extiende hasta los 25 años si la persona estudia y demuestra la necesidad de los alimentos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado