Cuota alimentaria a una niña en condición de discapacidad

Cuanto le correspondería por cuota alimentaria a una niña en condición de discapacidad de 8 años con parálisis cerebral y su padre no quiere aumentar la cuota y genera ingresos de 11 millones de pesos mensuales , y tiene ya esposa y dos hijos y los hijos uno de ellos tiene 22 años y la otra 15. ¿Qué documentos se necesitan para que aumente la cuota alimentaria porque lo que envía no alcanza , y alega que tiene que mantener a los otros dos hijos y a la esposa?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Penal

VER PERFIL
Contestado

La obligación alimentaria en relación a los hijos permanece mientras estos sean menores de edad o hasta los 25 años siempre y cuando continúen estudiando y mantengan dependencia económica del padre.

Los hijos con discapacidades cómo la relacionada, tendrán derecho a los alimentos siempre que persistan las condiciones que generan su discapacidad.

En relación a su consulta, el monto embargable por concepto de alimentos es hasta el 50% del salario devengado, dividido entre el número de obligaciones vigentes y su monto dependerá de las necesidades de quien requiere alimentos y la capacidad económica del padre.

Para el aumento de la cuota alimentaria, de conformidad a su interés, es indispensable sustentar todas y cada una de las necesidades económicas del menor y los requerimientos adicionales derivados de su condición de discapacidad.

Con gusto asumiremos la defensa y representación de sus intereses, comuníquese con nosotros a través de los datos de contacto en nuestro perfil.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ZAMBRANO CONSULTORES ENTERPRISE

ZAMBRANO CONSULTORES ENTERPRISE

Abogado de Bucaramanga especializado en Derecho Civil

VER PERFIL
Contestado

Se debe solicitar una audiencia de incremento de la cuota alimentaria, ya sea en las oficinas del Bienestar Familiar o en Fiscalia y llevar los recibos de pago que demuestren los gastos generados en el proceso de manutención de la niña para poder conciliar la cuota alimentaria teniendo en cuenta que el pago es por igual para cada padre.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado