¿En cuanto tiempo se debe realizar una sucesión, si la persona fallecida nunca se casó con la cónyuge?
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La vocación sucesoral del cónyuge es extensible al compañero o compañera permanente, siempre que pueda sustentar la convivencia con el causante, por lo que se puede realizar la sucesión en cualquier momento, una vez se tenga certeza del fallecimiento. En este orden de ideas, es claro, entonces, el derecho del compañero que sobrevive sobre la masa sucesoral del fallecido, aun cuando entre ellos no medie vinculo matrimonial. Con gusto podemos asumir la defensa y representación de sus intereses.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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No se puede determinar con exactitud el tiempo, pues se debe realizar el procedimiento para que se reconozca la unión marital de hecho y luego se proceda a liquidar la sociedad patrimonial, para realizar posteriormente la sucesión.
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