Contrato por duración de la obra e invalidez

Sufrí trauma raquimedular y quedé con un PCL de 26% porque las piernas no me funcionan bien, hay músculos que no despertaron. Tenía un contrato laboral oral, pero después del AT, con el fin de documentar mi nexo con la empresa en caso de que tuviera algún problema con la ARP, firmé un contrato diferente al oral, sin ver, y muy confiado, debido a que eran amigos, un contrato por "término de duración de la obra y labor determinada". la obra ya se terminó, y ellos me enviaron una carta diciéndome que el contrato se extendía hasta cuando se terminara la incapacidad. Yo me estrellé en un vehículo alquilado por la empresa. Debo pagar los daños de esa camioneta? o son pérdidas de la empresa?. Debido a que quedé discapacitado trabajando para ellos, me deben pagar alguna indemnización?

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MANUEL ANTONIO LOPEZ ALVARADO

Abogado de Girardot especializado en Derecho Civil

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Contestado

El contrato verbal tiene la misma validez que el contrato escrito. El error del contratante está en haberle hecho firmar un contrato, estando usted incapacitado. Si es despedido estando con incapacidad, la empresa o el contratante debe indemnizarlo con 180 días o su equivalente a seis meses, mas la liquidación a la cual tiene derecho en condiciones normales. También tiene derecho a que el contratante le siga ampliando el contrato hasta que esté completamente curado y no le queden secuelas del accidente. Ademas el contratante debe estar pagando lo relacionado con la seguridad social. Los daños del vehículo corren por cuenta de la empresa, teniendo en cuenta que usted estaba prestando los servicios para la misma. Si lo retiran del trabajo estando con incapacidad deben indemnizarlo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado