Contratato por obra y labor- liquidación

Buenas tardes, tengo un trabajador que ingreso el 01 de abril de 2014 y la obra fue terminada el 24 de julio de 2017.
Teniendo en cuenta la fecha de finalización a la hora de liquidar se deben tomar solo los días trabajados después del ultimo pago de las prestaciones sociales o se debe tomar el numero total de días correspondientes a los 3 años, 3 meses y 24 días.

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RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Penal

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Contestado

La liquidación del contrato laboral debe comprender el pago correspondiente a los emolumentos prestacionales y vacaciones adeudadas al finalizar la relación contractual, con ocasión a los causados en vigencia del vinculo laboral.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado