¿Cómo reclamar mi herencia?

Buenas noches. Mis padres fallecieron y dejaron una casa en Mosquera. Ya se hizo la suceción y escritura a nombre de los herederos, pero mis hermanos no me compran mi parte ni quieren vender la casa. ¿Qué debo hacer en este caso? Gracias por su respuesta.

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Nos encontramos frente a una comunidad o copropiedad, es decir, varias personas son dueñas de una misma cosa. Sin embargo, existen casos en los que la persona ya no quiere compartir la propiedad, para eso, la ley colombiana ha establecido un mecanismo para terminar con la comunidad. Lo ideal en un principio seria hacer la división del bien voluntariamente, esto es, entre copropietarios se compran y venden sus partes de la casa; sin embargo, si nadie quiere hacerlo así, quien quiera acabar con la comunidad podrá interponer una demanda divisoria, es decir, instaurar un Proceso Divisorio. El artículo 467 del Código de Procedimiento Civil establece el proceso divisorio así: “Todo comunero puede pedir la división material de la cosa común, o su venta para que se distribuya el producto. La demanda deberá dirigirse contra los demás comuneros, y a ella se acompañará la prueba de que demandante y demandado son condueños. Si se trata de bienes sujetos a registro, se presentará también certificado del registrador de instrumentos públicos sobre la situación jurídica del bien y su tradición, que comprenda un período de veinte años si fuere posible.”Quien puede interponer la demanda es uno o varios de los copropietarios y debe ser dirigida contra los demás copropietarios. Se debe pedir en la demanda la división que se quiere. Si es división material, el juez ordenará el desenglobe del bien si éste lo permite en proporción al derecho de cada condueño; si el bien no permite división, como las casa en este caso, el juez ordenará el remate de la misma y se dividirá el dinero igualmente en proporción al derecho de cada codueño. Atte. GDA.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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MARIA FERNANDA VIVANCO BASTIDAS

Abogado de Pasto especializado en Derecho de Familia

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Debe solicitar la división material del inmueble por Juzgado. La norma reza que nadie esta obligado a vivir en indivisión.

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