¿ Como puedo proteger las cuentas bancarias de la sociedad conyugal para que mi compañero no las malgaste?

las cuentas bancarias entran en la liquidación de lo sociedad conyugal? como hago para proteger estos bienes (dinero) para que mi cónyuge en un posible divorcio no saque el dinero de la cuenta y diga que no tiene dinero?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Contestado

Retire y guarde el dinero de cualquier cuenta bancaria que no comparta con tu cónyuge. Aunque las cuentas bancarias conjuntas están sujetas a repartición, independientemente de quién deposite el dinero y en qué cantidades, las cuentas individuales se consideran patrimonio aparte del matrimonio y no están sujetas a distribución. Para salvaguardar los bienes del acceso de su esposo, es buena idea (y perfectamente legítimo) retirar cualquier dinero que tenga en cuentas separadas y mantenerlo en otro lugar hasta que el divorcio finalice.Revoque todos los instrumentos legales que den a su cónyuge derecho o control sobre cualquiera de sus bienes. Los poderes de representación, testamentos en vida y otros documentos pueden dar razones a su cónyuge para tratar de reclamar la propiedad de sus bienes. Puede revocar dichos instrumentos declarando por escrito su intención de ponerles fin de inmediato y proporcionando a su cónyuge el documento fechado y firmado. Asegúrese de guardar una copia para sus propios registros para que pueda llevarla ante el Juez, si es necesario.Reúna y organice todos los documentos financieros y legales que posea y puedan demostrar su reclamo sobre cualquier activo que crea que le pertenece y no hace parte del matrimonio. Los estados de cuenta bancarios, transferencias de propiedad, registros de títulos y acciones, incluso cosas, tarjetas de navidad y cumpleaños que estén relacionadas a regalos que haya recibido pueden demostrar al juez de familia que esos bienes son suyos.Identifique y separe todos los bienes, incluyendo el dinero, los bienes, joyas y otros artículos, que haya recibido de forma individual como regalo. Cualquier cosa que haya recibido por su cuenta, como regalos de cumpleaños, regalos de navidad, premios o reconocimientos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado