¿Cómo puedo evitar que me terminen el contrato por abandono?
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Abogado de Bogotá especializado en Derecho del Trabajo
Buenos días. La invitamso a contactarnos para agendar una cita. Artículo Ninguna persona limitada podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización de la oficina de Trabajo.
No obstante, quienes fueren despedidos o su contrato terminado por razón de su limitación, sin el cumplimiento del requisito previsto en el inciso anterior, tendrán derecho a una indemnización equivalente a ciento ochenta días del salario, sin perjuicio de las demás prestaciones e indemnizaciones a que hubiere lugar de acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo y demás normas que lo modifiquen, adicionen, complementen o aclaren.
Estamos a su disposición para asesorarlo(a) en el tema, si esta interesado(a) en nuestros servicios, favor enviar una solicitud de información.
MEDINA FERNANDEZ SOLUCIONES EMPRESARIALES
Abogado de Bucaramanga especializado en Derecho Laboral
Solicite amparo constitucional mediante una accion de tutela, si tiene restriciones laborales y orden de cirugia puede presentarlo.