¿Cómo hago para demandar por alimentos al padre de mi hijo?
lo primero que debe hacerse es reconocerlo, pero si ya esta reconocido, debe citarse a conciliación, no importa que no asista porque el conciliador tiene la obligación de fijar la cuota provisional, una vez se haga, si no cancela, debe iniciar el proceso ejecutivo por cobro de alimentos, para embargarle el sueldo o los bienes que tenga.
lo primero que debe hacerse es reconocerlo, pero si ya esta reconocido, debe citarse a conciliación, no importa que no asista porque el conciliador tiene la obligación de fijar la cuota provisional, una vez se haga, si no cancela, debe iniciar el proceso ejecutivo por cobro de alimentos, para embargarle el sueldo o los bienes que tenga.
Lo que debe iniciar es demanda de fijación de cuota alimentaria ante el Juez de Familia, ya que fue agotado sin resultado el requisito de procedibilidad de la conciliación. podemos asesorarlo(a) lo(a) invitamos a enviarnos una solicitud de información