Cómo debe hacerse un desahucio?

Un inquilino no me quiere entregar el local, aunque le envié carta por correo certificado con los 6 meses que se exigen para pedir el local por reconstrucción, pero ahora un estudiante de derecho me dice que una demanda así tal vez no tenga posibilidad porque el correo certificado no certifica contenido sino remisión. Tengo las constancias de la empresa de correo (Servientrega) de recibido y demás. ¿Es cierto que no se lograría el lanzamiento? Muchas gracias por su orientación

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Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
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Apreciada Usuaria. Reciba cordial saludo. Conforme a lo expuesto en su consulta esta firma le informa que el procedimiento adecuado para recuperar un inmueble (su caso local comercial arrendado) es a través del denominado proceso de RESTITUCIÓN DE INMUEBLE ARRENDADO., tramite que tiene dentro de una de sus etapas la DILIGENCIA DE LANZAMIENTO, actividad ordenada por el despacho previa solicitud de despacho comisario para el efecto. El proceso de restitución es seguro y eficaz, solo debe entregar poder a su firma de abogados de confianza e iniciar el proceso el cual pude durar un aproximado de a 22 meses, según avance del Juez. Todos los actos que usted ha realizado son correctos y sirven para el inicio del proceso. Haga caso omiso de lo manifestado por el estudiante de derecho, pues es muy posible que el desconozca el tramite completo sobre el proceso de restitución, el cual esta firma por mas de 20 años de servicio en el área de asesoría jurídica inmobiliaria ha constatado su efectividad. Recalcamos que el lanzamiento es uno de los pasos procesales mas seguros que hay , por eso esta firma le informa que el lanzamiento si se lograría, ademas por que a los deudores NO les gusta ser expulsados con policía, inspectores y cerrajero, funcionarios del despacho y abogado apoderado, elementos de apoyo para un lanzamiento, ademas recuerde que previo al lanzamiento usted puede pedir embargo y secuestro de los bienes del deudor que estén dentro de su local. Atte, Grupo Devoument Abogados S.A.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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JTP ABOGADOS

JTP ABOGADOS

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

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Claro que si el envió consta como prueba pero ya para que le desocupen el local se debe iniciar proceso así que con gusto si lo desea la podemos asesorar.

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