Cobro de una letra de cambio

le presté seis millones de pesos a una persona y me firmo una letra de cambio, un año después me dicen que la letra quedo mal llenada y que no se puede cobrar, que puedo hacer para que se me pague la letra de cambio, después que le preste la plata el señor se fue para el caqueta, y no sé su paradero, el señor antes vivía con sus padres en bogota

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Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
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Las letras de cambio son el mecanismo mas inseguro de prestar dinero cuando usted no conoce los antecedentes comerciales o de cumplimiento del que recibe el dinero. Si la letra quedo mal elaborada, y usted no sabe el paradero del deudor, por lo menos debe tener el nombre y la cédula, con esos datos usted, podrá alegar que mediante engaño fue inducido a error, y radicar ante la fiscalía una denuncia penal por el delito de estafa o abuso de confianza, pues al no ser el titulo claro, expreso o exigible, no opera la demanda ejecutiva civil de minina cuantía. Si sabe que esta en el caquetá dígalo al fiscal para que en la medida de las posibilidades con nombre y cédula lo pudieran ubicar por medio del CTI. asistenciajudicialdevoument@gmail.com

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Cordial saludo, somos el bufete de Abogados, Consultorio Jurídico Integral, podemos ayudarle en su caso. Contáctenos, para recibir asesoría personalizada: juridico@colombia.com

Usted tiene dos opciones, que no son muy sencillas realmente;
La primer opción sería ubicar al deudor y tratar de hacer una audiencia de conciliación donde reconozca la deuda, sin embargo por la descripción que usted hace, parece ser imposible ubicarlo.

La otra opción será hacer una denuncia penal, pero este tipo de asuntos realmente no son atendidos con prioridad en fiscalia. Consúltenos: juridico@colombia.com

Esperamos que su caso se resuelva favorablemente. Estamos para servirle.

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Abogado de Cali especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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Primero se debe precisar la razón por la que está mal diligenciada la letra de cambio, si la letra es descartada como título ejecutivo, esto es, como soporte para una demanda ejecutiva, se debe optar por constituir la obligación a través de un proceso ordinario.

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