Cambios en las condiciones del contrato

Estaba laborando en una empresa, por ciertos motivos, hubo cambio de razón social, y cambio de empleadores, la nueva empresa nos solicitó firmar un nuevo contrato laboral,
El personal no lo quisimos firmar, ya que se pierde la liquidación y por lo tanto empezó a
Cancelar el contrato de la siguiente manera: "Con el nuevo nit de la empresa y con el articulo 64 del CST, modificado por la ley 789 del 2002 articulo 28 a partir de la fecha se finaliza sin Justa Causa el contrato de trabajo con usted vigente." Mi pregunta es si mi liquidación a que tengo derecho cobija la liquidación de antigüedad que llevaba en la otra razón social u empresa anterior??, como puede ser mi liquidación ya que estoy cumpliendo aproximadamente 8 años de labores, y me falta 1 año para pensionarme??

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Con base en su consulta al momento de usted ser desvinculado de la empresa para la cual usted prestaba sus servicios de manera personal usted tiene derecho al pago de la liquidación al momento de dar por terminado su contrato de trabajo y una indemnizacion si es despido sin jusca causa SERVICIOS JURÍDICOS EMPRESARIALES JHOJANS ARIZA TELÉFONOS: 2821300 - 3108528620 DIRECCIÓN: CRR 6 N° 11 - 84 OF 711

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De acuerdo a su consulta le informamos que el Código Sustantivo del Trabajo establece: cuando se termina el contrato de trabajo por justa o sin justa causa, debe pagarse de manera inmediata el pago de liquidación de las acreencias laborales, si el empleador no lo hace, el trabajado tiene derecho a indemnización, de igual manera si su contrato de trabajo fue terminado sin justa causa, hay lugar a otra indemnización.

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