¿Caducan las demandas por alimentos, cuando el demandado salio de la ciudad para no pagar?

A pesar de demandar y después de muchas audiencias incumplidas, a pesar de que la fiscalía tenia todos los datos del demandado, esta persona nunca se presento, nunca lo buscaron, ni lo encontraron, el tiempo paso y la mamá sola tuvo que cargar con la responsabilidad,a hora que el joven tiene 19 años, ya no se puede recuperar esas cuotas alimentarias, ese dinero serviría para el pago de estudios superiores.....y además si esta señora, ahora es discapacitada y el joven se encuentra solo respondiendo por ella, no es justo que reciba esa ayuda, a la que tenia derecho por ley, me parecen que estas demandas no tienen caducidad y el señor debe cumplir con la obligación....GRACIAS

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Carlos Suárez abogados

Carlos Suárez abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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Contestado

con todo respeto, el lugar para el cobro de los alimentos no es la fiscalía general de la Nación, son los juzgados de familia, previo a iniciar el proceso debió fijar en conciliación la cuota alimentaria, si fijo la cuota alimentaria y no la pago pues las debe y en consecuencia debe iniciar un proceso para recuperar las cuotas con intereses y todo como cualquier deuda, los alimentos se deben hasta los 25 años cuando la persona es normal o de por vida cuando tiene alguna deficiencia. Como lo e sostenido la gente recurre a la fiscalía cuando esta no es la competente para eso, la fiscalia no le reclama plata a nadie, ni fija cuotas alimentarias, sigue los procesos penales por el abandono de que fue victima el menor, que es una cuestión diferente y como todo delito tiene prescripción.

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