Responsabilidad civil extracontractual entre vecinos, por la realización de una nueva obra que irroga daños a sus colindantes

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FUERTES ABOGADOS

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Abogado de Tunja especializado en Derecho Civil

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La doctrina de la Corte Suprema en Sala de Casación civil, advierte que existe grado de responsabilidad civil extracontractual entre vecinos, por la realización de una nueva obra que irroga daños a sus colindantes.

Esta reponsabilidad surge como consecuencia de la renovación urbana que experimentan las ciudades, aún cuando de forma expresa carece de regulación específica, es evidente que se puede declarar responsable al vecino que debido a la relación de nuevas obras sometidas a cánones urbanísticos actuales, generan un impacto y una serie de perjuicios sobre los predios colindantes los cuales tienen construcciones con criterios técnicos diferentes y en momento anteriores.

Teniendo en cuenta que la actividad de edificar es una actividad peligrosa, se aplica el régimen de presunción de culpa sobre el artífice y/o propietario, de quien se espera adopte todas las medidas y técnicas tendientes a evitar daños a la infraestructura de los colindantes, teniendo en cuenta variables como la tipología del terreno, la composición del suelo, la fecha de las edificaciones, etc. Por lo tanto, la única forma de eximirse de responsabilidad es la fuerza mayor el caso fortuito, o el hecho de un tercero. Por lo que los colindantes vecinos que demandan deben demostrar, el daño y el nexo causal quedando la culpa amparada por la presunción de veracidad. SC512-2018.

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