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en primer lugar el derecho suyo es diferente al del menor, usted tuvo la oportunidad de elegir el menor no, y uno de los derechos fundamentales de los menores es conocer a sus padres, y el mediant...
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La respuesta es NO, por que la ley 797 de 2003 solo permite el cambio de régimen o de administradora 10 años antes de la edad de pensión y la edad suya es 51 años , por lo cual tiene derecho a la ...
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ningún castigo porque la culpa es suya porque nunca pidió, como hasta ahora empieza debe citarlo a conciliacion a una comisaria de familia o al ICBF seccional valle y fijar la cuota.
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lo primeo es que no son lesionbs personales sino violencia intrafamiliar y los pasos son primero acudir al ICBF o comisaria de familia para el restablecimiento del derecho si es menor o si es muje...
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pero quien lo pensiono por invalidez???
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existe un mal concepto de la pensión de alimentos y es que se de sobre lo que se gana la otra persona y no todas las veces es así, por ejemplo en el caso suyo ya existe una sentencia y eso es lo q...
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pero eso en que cambia la infraccion..
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pero si su hermano es un vago a quien le cobra?????
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si claro el ICBF la asesora y usted puede denunciarlo e incluso sus padres por eso pueden quitarle la patria potestad, el puede irse 4 años al centro de menores de cali como el Valle del Lili.
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lo lamento pero es otra lejislacion.