Respondida
Esta duda se la puedo resolver telefonicamente al 318/574/1949. O en acompañamiento a la audiencia respectiva.
Respondida
El periodo de prueba solo vale si consta en el contrato x escrito.
Respondida
El periodo de prueba debe constar por escrito en el contrato. En su caso, hay periodo de prueba escrito?
Respondida
Cordial saludo. Qué decidió hacer en su caso? Puede llamarme al celular 318/574/1949, o escribirme al email: jhasuaberrio@gmail.com.
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