Que tan responsable soy a la entrega del inmueble
Consideramos de acuerdo con su exposición, que se requiere mayor información para dar una respuesta más precisa. Por ejemplo desconocemos si en el momento de la entrega se expidió un paz y salvo al arrendatario en donde conste que se recibió el inmueble a satisfacción . En segundo lugar sería un tema probatorio el punto de cómo se recibió el inmueble al inicio del contrato de arrendamiento y cómo se entregó a su finalización y, qué implica el desgaste natural por el uso en el tiempo y cuál es el límite entre el uso natural y un eventual daño.
Ahora bien, teniendo en cuenta la cuantía del caso, la recomendación es realizar una audiencia de conciliación con la arrendataria, ya el acta de dicha audiencia hace tránsito a cosa juzgada, lo que quiere decir en que ese escenario se puede dar por cerrado definitivamente el eventual conflicto.
Un saludo cordial,
Albarracin Lara & Associates Lawyers