¿quien paga el peritaje cuando de acuerdo al codigo de comercio se solicita un perito para valorar las acciones ante la camara y comercio?

En mi empresa que es S.A. hay un socio que por el derecho de Retiro quiere que le compren las acciones, pero al no haber concenso en el valor, hara uso del perito que se solicita ante la camara y comercio segun dice el codigo de comercio. la duda es quien paga ese peritaje segun la ley.

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La regla general es que paga el peritaje la parte interesada.

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