Puedo quitarle el apellido a mi hijo de su padre

yo tengo un niño de 1 año y medio y debido a los contentes problemas que tengo con el padre del niño por lo q el nesecita e tomado la decision de quitarle el apellido de el sera que si puedo gracias

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogados Divorcios Bogota www.divorciosbogota.com
Contestado

Cordial saludo, usted puede acudir a notaría para realizar el procedimiento, pero esto debe hacerlo de mutuo acuerdo con el padre del menor. Esto sin embargo no implica que los derechos y los deberes del padre terminen.

Somos un despacho jurídico experto en asuntos de derecho de Familia, podemos ayudarle en su caso. Contáctenos, para recibir asesoría personalizada.

Somos abogados de Divorcio en Bogotá, atendemos asuntos de divorcio de común acuerdo (express), con hijos, sin hijos, divorcio civil y cesación de efectos civiles del matrimonio católico (divorcio católico o religioso), divorcio sin acuerdo (divorcio contencioso).

Si le gustaría contar con asesoría jurídica especializada, podemos atenderle en nuestras oficinas en Bogotá, o en linea desde cualquier lugar del mundo via Skype.

Le invitamos a contactarnos de inmediato. Consúltenos: Whatsapp - 301/333/88/00 - 3/16/494/0000 - BB Pin: 7A60D86D - Skype: abogadosbufete Esperamos que su caso se resuelva favorablemente. Estamos para servirle.

www.divorciosbogota.com www.derechodefamilias.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
JTP ABOGADOS

JTP ABOGADOS

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

VER PERFIL
Contestado

Acudir ante Notaria junto con el padre o madre biológico(a) del niño(a), y de común acuerdo, mediante escritura pública, suprimir o modificar el apellido que se desee, no implicando ello que se modifique la relación de parentesco del padre o madre para con el hijo al que se le modifica su apellido.

para quitarle la patria potestad al padre o madre de mi hijo(a) ya que no ha respondido nunca por su cuidado, es el Juez de Familia, dentro de un proceso de privación de patria potestad, quien determina en cada caso concreto, si resulta viable y benéfico o no para el niño dicha privación.
La Ley determina que se puede privar, entre otras causas, por las siguientes causas:

Maltrato habitual
Haber abandonado al hijo
Depravación
Estar privado de la libertad por un periodo superior a una año
Haber utilizar al hijo para la comisión de un delito

La privación de la patria potestad no hace que la obligación de dar alimentos termine, por lo que el padre o madre obligada(a) a cumplir con ella deberá continuar aportándola.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado