¿Puedo cobrar interés por la devolución tardía de un plan de automóviles?

Desde el 2010 firmé un contrato con para un automotor, me dieron información falsa de lo de la entrega del vehículo y dejé de cancelar. Pasé una carta solicitando la devolución del dinero pero me contestaron que hasta finalizar el plan en 2017 no me devuelven todo completo. Eso fue en 2012 y no me lo devolvieron. ¿Puedo cobrar intereses por esto ya que eran 10 días y ellos me dicen que me lo devuelven en 2017?

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JTP ABOGADOS

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

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si usted decide no continuar con la programación de la compra de su Chevrolet 0 km., Chevyplan® S.A. le ofrece a usted las siguientes alternativas:

• Realizar una cesión de derechos: Elija una persona interesada en adquirir un Vehículo Chevrolet nuevo a través del sistema de autofinanciamiento comercial y si Chevyplan® acepta podrá recuperar su inversión, de acuerdo con la negociación que realice.

• Recibir la devolución de sus cuotas netas aportadas un mes después a la finalización del plazo, sin reconocimiento alguno de interés, indemnización o cualquier otra suma adicional.

• Además Chevyplan® S.A. le ofrece la posibilidad de congelar su plan durante tres (3) meses prorrogables hasta nueve (9) meses.

Para cualquiera de los dos casos, usted deberá cumplir con los requisitos solicitados por la sociedad para ser autorizados. La inscripción, la administración y el IVA no son susceptibles de devolución después de haber participado en la primera Asamblea.

No obstante lo anterior, después de celebrar su contrato y antes de participar en su primera Asamblea, Usted cuenta con un término de (5) día hábiles para desistir del negocio, solicitando la devolución total de los aportes efectuados.

Para efectos de cualquier devolución, el suscriptor, suscriptor adjudicado o ganador debe hacer la solicitud por escrito, con firma autenticada, y anexar, entre otros, copia del documento de identidad ampliada al 150% y certificación bancaria donde se evidencia la entidad, el tipo y número de cuenta de la cual sea titular y en la que se realizará el respectivo desembolso.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Bogotá especializado en Derecho del Trabajo

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Es demasiado remoto que se trate de una estafa. Este caso debe revisarse detenidamente. Los documentos que usted firmó, si firmó pagarés, etc. Usted como consumidor debe ser informado y leer todo lo que firma. Establece el Estatuto del Consumidor:
Artículo 23. Información mínima y responsabilidad. Los proveedores y productores deberán suministrar a los consumidores información, clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre los productos que ofrezcan y, sin perjuicio de lo señalado para los productos defectuosos, serán responsables de todo daño que sea consecuencia de la inadecuada o insuficiente información. En todos los casos la información mínima debe estar en castellano.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor