¿Qué procedimiento debo realizar?

Mis padres trabajan cuidando una finca desde hace 30 años sin tener pago por su trabajo y quisiera saber si el procedimiento a seguir es iniciar un proceso por posesión o para que les sea cancelado el trabajo y mejoras de este tiempo. ¿Cuáles son los requisitos para adelantar cualquiera de estos dos procesos?

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Norma Forero

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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Buenas tardes.
Sin ha habido dependencia laboral necesariamente es un proceso laboral siempre que ello se pruebe. Si hay contrato laboral no se puede pretender en posesión el predio o finca que se cuida. Acudir oficina de trabajo con el fin de que le hagan su liquidación por el tiempo que ha estado trabajando dando la dirección donde se halle su patrono con el fin de que le pague lo que le debe y seguramente los pensionen.
Atte Norma Forero

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Carlos Suárez abogados

Carlos Suárez abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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posesion no hay usted lo acaba de decir cuidando y la posesion es otra cosa diferente, debe darle poder a un abogado para el cobro de la pensión, pero no se ilusiones le dan 8 millones no mas, por otra parte el demandado debe cancelar el bono pensional en colpensiones y cuando su papá tenga la edad lo pensionan, porque ya tiene las semanas cotizadas.

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