Porque no todas las amenazas de tipo personal son perseguibles penalmente

Razones jurídicas colombianas para que no todas las amenazas personales sean perseguibles penalmente?

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SERGIO OSORIO Y CÍA LTDA ABOGADOS

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal

Contestado

yo he sostenido la tesis, disculpe, de que AMENAZAR es un delito, tal como lo propone nuestra legislación en TODOS LOS CASOS.. La cuestión es la PRUEBA. Es una amenaza que se puede probar?? (un correo, un documento, una carta, testigos, etc etc).Cómo lo amenazó?. de muerte?. qué tipo de amenaza se profirió contra usted. Es que la cosa hoy x hoy es PROBAR, y la amenaza hay qué probarla. Sigo con la tesis, de que probadas las amenazas, EN CUALQUIER CIRCUNSTANCIA todas son perseguibles penalmente, si constituyen peligro para valores fundamentales como la vida, la propiedad, la familia. Pero amenazar por ejemplo de que en tal caso le van a tirar salsa de tomate por ejemplo a su vestido, pues no es serio que digamos, me entiende?. ES EL VALOR DE LO QUE SE AMENAZA, CÓMO SE AMENAZA, DELANTE DE QUIÉN SE AMENAZA. OK?

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Carlos Suárez abogados

Carlos Suárez abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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Contestado

el problema es que entiende por amenaza??

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