Pago por prestación de servicios

Hace unos meses desempeñé labores en una entidad pública que realizaba la contratación por medio de una orden de prestación de servicios. La contratación se hacía efectiva tiempo después de realizar las labores (ej. mayo mes laborado, junio mes contratado), pero no habá problemas con el pago ya que si se trabajaban 2 meses, se remuneraba ese tiempo 2 meses. Resulta que al terminar la obra se me reunió para expresarme que sólo se me podía remunerar 1 mes adicional por falta de recursos, momento en el cuál aún se me debía un mes laborado que había culminado, pasado el mes faltante, deje de desempeñar labores para la entidad, y en el momento que fuí a firmar mi contrato que comprendía el mes que me debían y el último mes laborado, firmé el contrato, pero minutos después, ví que solo comprendía un mes, pregunté, y se me dijo que el último mes era de colaboración ya que para ese tiempo no disponían de recursos para ejecutar. Molesto, intenté plantear negociaciones para no llevar el caso a mayores, pero se me expresó la negativa. Tiempo después me percaté que la última orden firmada fue hecha bajo otro objeto laboral (la entidad realiza varios contratos interadministrativos con otras entidades), que decían que las actividades eran para otra entidad, debido a que según ellos, se hizo así por falta de recursos.

Mi pregunta es ¿Tengo derecho a reclamar el dinero del último mes en el cuál desempeñé labores de mi profesión? ¿Es legal que hayan hecho una contratación de ese tipo?

Adicional, tengo conocimiento de gente que recibió remuneración por actividades nunca realizadas en el mismo tiempo que yo laboré al final, eso sirve de algo en caso afirmativo de la primera pregunta.

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho del Trabajo

Contestado

Buenas tardes. Si prestó sus servicios tiene derecho a la remuneración pactada. Si era un contrato de prestación de servicios puede reclamar sus honorarios. Si era un contrato laboral disfrazado bajo el ropaje de un contrato de prestación de servicios, puede instaurar una demanda laboral en contra de la entidad en busca de la declaratoria de un contrato realidad, para lo cual deberá demostrar la subordinación que ejercía la entidad (cumplimiento de horario, de órdenes). De todos modos hace falta información. Si va a demandar laboralmente a la entidad estatal, previamente debe reclamarle por escrito lo que usted cree que le adeudan. Debe buscar un abogado para que examine más a fondo el caso.

Atentamente

Andrés Felipe Zuluaga

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Carlos Suárez abogados

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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desafortunadamente no, porque los contratos en las entidades públicas se hacen teniendo en cuenta los cdp y primero se contrata y despues se ejecuta, como no se hizo así no existe ningún contrato con usted para entrar a demostrar que se debe pagar. ahora yo si puedo tenr trabajadores contratados por otra entidad es una forma muy común y no invalida el contrato.

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