Pagar preaviso en contrato verbal.

Tengo un trabajador en la finca desde el 18 de diciembre de 2014 se le paga quincenal mente y se le paga seguridad social la cual es cancelada en totalidad por el patrono y cada año se le realiza su liquidación de prestaciones sociales. no hay contrato firmado de ninguna clase. pero a la fecha quiero presidir de sus servicios y el señor argumenta que debo pagarle pre aviso. el cual nunca se pacto. quisiera saber si lo despido que debo cancelarle fuera de las prestaciones sociales. el señor por ser administrador de la finca y vivir allí sin pago de arriendo, ni agua ni luz, no le cancelamos auxilio de transporte.

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SERNA NARANJO Abogados

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Por ser verbal, el contrato se convierte en contrato a termino indefinido, lo que significa que debe despedirlo con justa causa para no tener que pagar la indemnización por despido sin justa causa.
Lo invitamos a que nos contacte a través de nuestra página web vía mail o telefónica y poder analizar su caso en detalle y así procede hacer a liquidación con indemnización o definir el procedimiento adecuado para el despido con justa causa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado