Obligaciones especiales por parte del trabajador y el empleador

Con su respectiva explicación Gracias.

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Abogado Jhasuá Berrío

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Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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Las obligaciones del empleador al trabajador, son, de un lado, las obligaciones patrimoniales, como salario, prestaciones sociales, subsidio de transporte, y de otro lado las de higiene y seguridad industrial.

También hay muchísimas otras obligaciones especiales, como los "casos especiales" de estabilidad laboral reforzada, fuero sindical, trabajadores extranjeros, trabajadores menores de edad, actividades peligrosas...

Yo soy laboralista consumado, y se me hace un poco difícil responderle esta pregunta tan amplia.

Si me hace una pregunta mas especifica, de manera pronta se la responderé, y le agradezco que me califique esta respuesta.

Ofrezco servicio de asesoría laboral a los empleadores y trabajadores.

Att,

Jhasua Berrio
Celular: 318/574/1949

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Jhasuá Berrío

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Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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Además de mi anterior respuesta, tambien se encuentran las obligaciones en cabeza del trabajador y en favor del empleador.

Por este, y los otros motivos expuestos, se requiere mayor claridad en su pregunta.

Att,

Jhasua Berrio

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Abogado Jhasuá Berrío

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Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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Hola amigo,

que resolvió hacer en su casa? He estado esperando la aclaracion de la pregunta.

Puede contactarme para asesoría gratuita de manera telefonica: 318/574/1949.

att,

Jhasua Berrio

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Abogado Jhasuá Berrío

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Cordial saludo. Si tiene conocimiento de accidentes por vías en mal estado, huecos, falta de señalización, o trabajos en la vía, ofrezco grandes comisiones. Att, Jhasuá Berrío, celular: 318/574/1949.

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