¿Bajo que obligación y procedimiento de ley, la fiscalía (con prueba de inocencia) derrumbaría sentencia de juzgado civil?

Saludos cordiales personas del Derecho.
Se trata de un proceso abreviado en juzgado civil, de Restitución de Inmueble en contrato ajeno que jamás se suscribió, se hizo con firmas falsas (lo cual fue denunciado en fiscalía y se anexó copia en el proceso), y que dentro del proceso civil, nunca se estudiaron las muestras grafológicas hechas por medicina legal y luego de varios años, Juez, hace unos meses, sentencia en contra aduciendo que la carga de la prueba recaía sobre el demandado (inocente), y siguiendo alli mismo el proceso ejecutivo.
Hace pocos días, Juez emite memorial ordenando el Remate de casa al 70% del avalúo (casa está embargada desde el principio del proceso). ¿Cuánto se puede demorar esto? para ganar tiempo. Aparece allí copia de pago de una caución de seguros por parte de demandante.

En últimos meses se cambió de abogado luego de la sentencia, y desde CTI de fiscalía a la persona demandada le tomaron nuevas muestras grafológicas de firmas recientes, que demostrarían su inocencia, y nos informaron que ya se presentaron al proceso para tomar fotos o estudio al contrato falso.

Siendo así , ¿quiero saber de qué forma debe actuar la Fiscalía para derrumbar la Sentencia?, ¿debe ingresar la Fiscalía un Documento ordenatorio al Juzgado de que las firmas no coinciden con las del demandado?, ¿Juez civil se puede negar a aceptarlo?

Por su parte, Juez no aceptó la Prejudicialidad (de denuncia en fiscalía por falsedad) pedida por abogada de la defensoría del pueblo. Aduciendo juez argumentos del art170 del CPC; además dijo que no se ingresaron las Excepciones, siendo que si se ingresaron, y no respondió nada de que Demandante ingresara un memorial orden de pago después de más de 60 días hábiles después de la sentencia, escribiendo alli falsos cánones de arriendo jamás suscritos, y de lo cual se pidió que levantara las medidas cautelares (embargo) por medio del inciso 3 del Art.424 del CPC, a lo cual Juez hizo caso omiso.

Fue ingresada Tutela que fue rechazada en primera instancia, y va a segunda instancia, pero cayó "aleatoriamente" por la línea de juzgado laboral, cuando el caso es civil.
NO se ha tramitado aún ningún Recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Sup.
Abogado penal a puesto su idea es a la actuación de la Fiscalía.

No me hallo en Bogotá, pero agradezco su ayuda. Lamentablemente no puedo dar réplica a sus respuestas. Estoy siendo un objetivo más de la conocida grave Corrupción del estamento judicial de este país.
Y desde hace par de meses se llevó memorial de Queja a la Judicatura en ambas salas, y no han hecho nada al respecto.

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Carlos Suárez abogados

Carlos Suárez abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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Contestado

la Fiscalia ni puede ordenar ni aportar pruebas en procesos civilesencia en firme, mucho menos deruumbar una sent eso ya no es posible, debe existir una sentencia en firme por parte de un juez penal o cuando menos la del juez de control de garantias. El delito se llama fraude procesal y se busca es la condena del agresor ya en la sentencia el juez de conocimiento ordenara la cancelacion de registros.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado