Liquidación de la sociedad conyugal

Yo después de 10 años de casado me fui de la casa en junio de 2012 y luego de esto compré 2 vehículos. en enero de 2014 por parte de mi ex esposa se inició un proceso de cesación de efectos civiles el cual se falló en junio de 2013, pero aún no he hecho la liquidacion. Mi pregunta es desde que momento las cosas que yo adquiera o adquirí ella no tiene derecho. Si desde que me fui de la casa aún manteniendo a mis hijos aportando todo igual. O desde que se inicios el proceso en enero de 2013 o después del fallo del proceso o hasta que se haga la liquidación. No entiendo bien que hacer y que bienes tengo que partir ya que adquir bienes después de irme de la casa. Y también adquir una empresa después de que ella iniciará el proceso, espero me aclaren y me digan que se puede hacer

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