Las cuotas son retroactivas y bajo leyes
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Abogado de Bogotá especializado en Derecho de Familia
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Contestado
Cordial saludo
Para nosotros es un placer atender sus requerimientos y solicitudes.
las cuotas alimentarias comienzan a regir desde el momento de la conciliación o demanda que emita fallo para los pagos, a futuro si no cumple puede pedir los retroactivos desde la fecha de realizada la diligencia anteriormente mencionada.
Cordialmente
DUQUE ORTIZ ABOGADOS
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