Hace 5 años me condenaron a un año de cárcel por alimentos, mi pregunta es esta acción caduca o prescribe

esta decisión la impuso el juez en arbelaez por los alimentos del menor yo quise conciliar con la madre y no fue posible por eso la imposicion de la pena desde ese entonces he tenido que vivir en el anonimato ni siquiera he tenido un trabajo formal y tengo 3 hijos mas q alimentar un amigo policia me dice q no aparece nada en el sistema y que tengo llevar un escrito con un abogado titulado es cierto

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MOSCOTE MARTINEZ LAWYERS BUREAU

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Abogado de Barranquilla especializado en Derecho Laboral

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Estimado cliente: Si usted ya cumplió su pena privativa de la libertad, usted no tiene que vivir en el anonimato, para poder responder por la manutención de sus hijos usted debe laborar e intentar llegar a una conciliación con la madre de los menores para cubrir sus necesidades, dado el caso en que estas serán en la medida de sus ingresos, por lo tanto las madres de los menores también están obligadas a cubrir los gastos de los menores y deben trabajar. Lo del escrito del abogado no veo sobre que lo va a presentar.

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Carlos Suárez abogados

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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es cierto prescribe despues de los cinco años ojo con eso es despues de los cinco años que quedo en firme la sentencia, y se pide la extincion de la pena, hay que averiguar en que juzgado de ejecucion de penas esta el proceso. se necesita la prescripcion para que le devuelvan todos sus derechos y le cancelen las órdenes de captura. el juzgado de ejecucion de penas es el de fusagasuga ojo solo vaya si ya cumplio los 5 años si no lo capturan y tiene que cumplir el año de carcel.

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Abogado Jhasuá Berrío

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Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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En su caso se presenta "prescripción de la pena". Debe presentar el escrito solicitando prescripción ante el Juez de Ejecución de Penas. Para saber cual es su Juez de Ejecución de Penas, debe averiguar con su cédula en la oficina de "Centro de Servicios" en el palacio de Justicia. (La caducidad de la acción penal es otra cosa que no se da en su caso). Att, Jhasua Berrio. celular: 318/574/1949

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Abogado Jhasuá Berrío

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Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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Cordial saludo: Me especializo en demandas contra el Ejército por muerte de soldados bachilleres, campesinos y regulares. Me pueden contactar al celular 318/574/1949 o al email: jhasuaberrio@gmail.com. Gracias.

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