Es excarcelable el articulo 115 del código penal ??

Buenas tardes, mi caso es el siguiente. En el año 2008 tuve un accidente de transito, mi acompañante quedo con un trauma psiquico permanente, por lo cual se me imputan los siguientes cargos por el presunto delito de lesiones personales culposas la cual encuentra tipificacion el codigo penal, ley 599/00 libro segundo, titulo primero de los delitos contra la vida y la integridad personal, capitulo tercero de las lesiones personales la cual indica: articulos 111 al 120 del codigo penal, mis preguntas serian: 1. si el juez me determina culpable y yo no tengo nada a mi nombre que puede pasar, 2. si el juez me determina culpable es excarcelable. 3. que posibilidades hay de que el juez determine que soy inocente teniendo en cuenta que el testigo principal esta declarando a mi favor, y el accidente fue ocasionado por culpa de otro vehiculo en la via.

agradezco su amable atencion

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IRMA PARRA

Abogado de Bogotá especializado en Derecho de Familia

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Contestado

Generalmente los delitos culposos son excarcelables, pero le recomiendo que contrate un abogado que lo asesore puntualmente en su caso concreto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado