¿Cuando las/los abogados de una sociedad asisten a una conciliaciòn pero no son representantes legales de la misma, se puede realizar la conciliación?
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Contestado
Siempre que el abogado cuente con facultad expresa para conciliar podrá desarrollar dicha diligencia en nombre y representación de la sociedad sin inconveniente alguno.
Con gusto asumiremos la defensa y representación de sus intereses, comuníquese con nosotros a través de los datos de contacto en nuestro perfil.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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