¿como me puedo defender del delito de lesiones personales?

mi primo lepego una patada en el rostro a otro en una riña callejera y este resulto con lesiones en la nariz fractura, el caso esta en l afiscalia y citaron a mi primo alla el ofendido no quiere conciliar , o mejor dicho pide mucha plata creo que 3 millones, que podemos hacer ADEMAS CREO QUE LE DIERON MAS DE 30 DIAS DE INCAPCIDAD YA QUE EL MEDICO ES AMIGO DE EL .

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Abogado Jhasuá Berrío

Abogado Jhasuá Berrío

Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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Por los 30 dias de incapacidad hay que pagarle un mes de salario con prestaciones, en la categoria de lucro cesante. Ademas daño emergente (los gastos que tenga de tratamiento y transporte), y daños morales. Yo creo que 3 millones es una suma razonable. Le recomiendo ofrecer 2 para terminar el problema.

Si el problema no termina, luego viene el proceso penal, el que termina declarando penalmente responsable a su primo, y luego viene el incidente de reparación integral, en el cual el Juez define cuanto pagarle.

Yo creo que por proceso lo pueden condenar a mucho mas de 3 millones.

Concilie ahora y evítese un problema largo, que normalmente termina en que también paga, pero un poco mas.

Att,

Jhasua Berrio.

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CONSULTORIO JURIDICO INTEGRAL - Bufete de Abogados INTEGRITY LEGAL
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Cordial saludo, somos el bufete de Abogados, Consultorio Jurídico Integral, podemos ayudarle en su caso.

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Su mejor opción es conciliar con el denunciante, pues eventualmente este proceso podría terminar en una condena, lo que le generaría antecedentes penales, además que el juez podría ordenar en el incidente de reparación integral el pago de una suma como indemnización por los perjuicios causados.

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Gabriel Armando Gonzales Garcia

Abogado de Villavicencio especializado en Derecho Penal

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Lo legal y justo es que se contrate los servicios de un perito médico forense y un actuario para determinar incapacidad, secuelas y valor de los perjuicios. Con esos datos se puede llegar a la cuantificación dineraria de posible indemnización. Ahora, si el caso es como lo plantean, no es procedente la conciliación para efectos de preclusión del caso. Si es procedente la indemnización para rebajas de pena y concesión de subrogados penales. Difícilmente el médico forense dictamina por amistad con los pacientes, pues estaría dentro del rango de la ilicitud de sus actos y eso lo incluiría en una posible investigación penal, de modo que creo que la afirmación hecha por el interesado es desacertada e inapropiada.

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Abogado Jhasuá Berrío

Abogado Jhasuá Berrío

Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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Cordial saludo. Si tiene conocimiento de accidentes por vías en mal estado, huecos, falta de señalización, o trabajos en la vía, ofrezco grandes comisiones. Att, Jhasuá Berrío, celular: 318/574/1949.

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JORGE SANTIAGO CASALINS GARIZAO

Abogado de Barranquilla especializado en Derecho Penal

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L a Incacidad por lesiones personales SOLO LA DETERMINA el instituto de medicina legal,

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