Como debe ser mi indemnización

Ingrese en el año 1977 me van a indemnizar en oct/2014. me cobija la ley 2351 de 1965, tengo una duda, la ley 50 del 90 art 6 dice que seguiere amparado por la ley de 1965 salvo que el trabajador manifieste su voluntad de acogerse al nuevo regimen. Desde el año 1992 me consignan las cesantias a un fondo privado. No tengo cesantias rectroactivas. Lo anterior no es renunciar a la ley de 1965.

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Abogado Jhasuá Berrío

Abogado Jhasuá Berrío

Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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Contestado

No entiendo la pregunta.

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