Cobro de letra de cambio

Hola, tengo una letra de cambio firmada por deudor y fiador antes de expedir las cédulas nuevas, quiero hacerla efectiva,no esta autenticada; aun es valida? el deudor no lo consigo, el fiador es trabajador independiente, puedo cobrarle a su esposa mediante un embargo? Gracias

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ALONSO ELLES MESA

Abogado de Barranquilla especializado en Derecho Administrativo

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Contestado

La letra se puede hacer efectiva, siempre y cuando se encuentre sin llenar. Si la letra fue llena en sus respectivos espacios, se puede cobrar si la fecha de vencimiento esta vigente, es decir si la fecha de vencimiento no es mayor a 3 años. Si ya han transcurridos mas de 3 años la letra esta vencida y le pueden objetar y se pierde el negocio.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado