¿qué ocurre cuando uno de los propietarios no paga las cuotas de administración del conjunto residencial o edificio?

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Lexdir

Si uno de los propietarios se retrasa en el pago de sus cuotas, se le cobrará con intereses de mora, equivalentes a una y media veces el interés bancario corriente, (certificado por la Superintendencia Bancaria). Ahora bien, si la asamblea general con quórum señala en el reglamento de propiedad horizontal que este interés puede ser inferior, entonces se aplicará lo decidido por la administración. Durante el tiempo que continúe el impago, la asamblea podrá anunciarlo públicamente en un cartel que sea visible por los copropietarios.