¿es posible demandar a uno de los padres por “secuestro del hijo”?
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Sí, aunque la ley no habla expresamente de “secuestro”, sino de “Ejercicio Arbitrario de la Custodia”. Este es un delito contemplado en el Código Penal y se refiere al hecho de que uno de los padres sustraiga, oculte o arrebate al menor sin el consentimiento de quien ejerza legalmente la custodia.
Según el artículo 230 del Código Penal, este delito es castigado con prisión de uno (1) a tres (3) años y una multa de uno (1) a dieciséis (16) salarios mínimos legales mensuales vigentes.