Abogados para divorcio entre colombianos y extranjeros

Guía publicada por:

En Colombia existen dos vías jurídicas para divorciarse, una es por la vía contenciosa o ante el Juez y la otra Ante Notario Público.

 

DIVORCIO ANTE EL JUEZ-CONTENCIOSO

 

El procedimiento para tramitar ante el Juez de familia la demanda de divorcio es como primera medida determinar en que causal divorcio se encuentran los cónyuges: 1.Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra. 4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges. 5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica. 6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial. 7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo. 8. La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años. 9. El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por éste mediante sentencia. Para esto se hace necesaria la respectiva entrevista, una vez se haya determinado por que causal se iniciará el proceso se procederá a reunir los requisitos formales de ley, como los registros civiles de nacimiento de los conyugues, de los menores si los hubiese y el de matrimonio; de igual manera, si se pretende la liquidación de la sociedad conyugal, deberá anexarse los certificados de los bienes de lo que se realizará la repartición, sino entonces podrá liquidarse en ceros. Por lo general este proceso se lleva a cabo cuando alguno de los cónyuges no está de acuerdo con el divorcio; no se conoce el paradero del cónyuge; o se pretenden alimentos del cónyuge culpable de la separación. Si alguno es extranjero el procedimiento en el mismo. Este proceso suele durar entre 7 meses y 1 año, dependiendo del caso en particular.

 

DIVORCIO ANTE NOTARIO O DIVORCIO EXPRESS: De esta forma las parejas en Colombia pueden divorciarse muy rápidamente si hay mutuo consentimiento, con un simple trámite ante un notario a través de abogado titulado.

 

El procedimiento para tramitar ante el Notario Público el acuerdo de divorcio es:

 

1.Colombiano con extranjero:

a. Sin hijos y sin bienes: deberá firmarse el acuerdo y el poder si alguno o ambos están fuera de Colombia deberán firmar el acuerdo y el poder y autenticarlo en el Consulado. Requisitos

  • ·Registro civil de nacimiento del extranjero apostillado y si esta en otro idioma deberá traducirse por traductor oficial.
  • ·Registro civil de nacimiento del Nacional colombiano
  • ·Registro civil de matrimonio, sino está registrado el matrimonio en Colombia, deberá inscribirse, si están fuera de Colombia podrá realizarse ante el Consulado llevando copia autentica de los registros civiles de nacimiento de ambos y el certificado de matrimonio. Si ambos o alguno esta en Colombia podrá registrarlo en alguna Notaria o en la Registraduria Nacional. 

NOTA: Una vez se tengan todos los documentos en regla este trámite dura aproximadamente 2 semanas.

 

b. Con hijos menores y con bienes: deberá firmarse el acuerdo y el poder si alguno o ambos están fuera de Colombia deberán firmar el acuerdo y el poder y autenticarlo en el Consulado. El acuerdo deberá contener un acuerdo en los alimentos y estipular la custodia y cuidado del menor. La repartición equitativa de los bienes conforme señala la ley o de la manera que los cónyuges decidan. Requisitos:

  • ·Registro civil de nacimiento del extranjero apostillado y si esta en otro idioma deberá traducirse al castellano por traductor oficial.
  • ·Registro civil de nacimiento del menor, si nació fuera de Colombia deberá ser apostillado y si esta en otro idioma deberá traducirse al castellano por traductor oficial.
  • ·Certificado de tradición de los bienes inmuebles
  • ·Registro civil de nacimiento del Nacional colombiano
  • ·Registro civil de matrimonio, sino está registrado el matrimonio en Colombia, deberá inscribirse, si están fuera de Colombia podrá realizarse ante el Consulado llevando copia autentica de los registros civiles de nacimiento de ambos y el certificado de matrimonio. Si ambos o alguno esta en Colombia podrá registrarlo en alguna Notaria o en la Registraduria Nacional. 

NOTA: Una vez se tengan todos los documentos en regla este trámite dura aproximadamente 2 meses.

 

2.Entre Colombianos

a. Sin hijos y sin bienes: deberá firmarse el acuerdo y el poder si alguno o ambos están fuera de Colombia deberán firmar el acuerdo y el poder y autenticarlo en el Consulado. Requisitos:

  • ·Registro civil de nacimiento de ambos cónyuges.
  • ·Registro civil de matrimonio, sino está registrado el matrimonio en Colombia, deberá inscribirse, si están fuera de Colombia podrá realizarse ante el Consulado llevando copia autentica de los registros civiles de nacimiento de ambos y el certificado de matrimonio. Si ambos o alguno esta en Colombia podrá registrarlo en alguna Notaria o en la Registraduria Nacional. 

NOTA: Una vez se tengan todos los documentos en regla este trámite dura aproximadamente 2 semanas.

 

 

b. Con hijos menores y con bienes: deberá firmarse el acuerdo y el poder si alguno o ambos están fuera de Colombia deberán firmar el acuerdo y el poder y autenticarlo en el Consulado. El acuerdo deberá contener un acuerdo en los alimentos y estipular la custodia y cuidado del menor. La repartición equitativa de los bienes conforme señala la ley o de la manera que los cónyuges decidan. Requisitos:

  • ·Registro civil de nacimiento de los cónyuges
  • ·Registro civil de nacimiento del menor, si nació fuera de Colombia deberá ser apostillado y si esta en otro idioma deberá traducirse al castellano por traductor oficial.
  • ·Certificado de tradición de los bienes inmuebles
  • ·Registro civil de nacimiento del menor
  • ·Registro civil de matrimonio, sino está registrado el matrimonio en Colombia, deberá inscribirse, si están fuera de Colombia podrá realizarse ante el Consulado llevando copia autentica de los registros civiles de nacimiento de ambos y el certificado de matrimonio. Si ambos o alguno esta en Colombia podrá registrarlo en alguna Notaria o en la Registraduria Nacional. 

 

 

NOTA: Una vez se tengan todos los documentos en regla este trámite dura aproximadamente 2 meses.

 

 

ANOTACIONES IMPORTANTES:

 

 

EL ACUERDO EL PODER LOS ELABORA EL ABOGADO Y SE LOS ENVIA PARA QUE SEAN FIRMADOS Y AUTENTICADOS. LOS DOCUMENTOS QUE NO PUEDAN SER APORTADOS POR USTEDES COMO REGISTROS CIVILES PODRÁN SER ENCOMENDADOS A LA ABOGADA PARA QUE GESTIONE SU SOLICITUD ANTE LAS ENTIDADES RESPECTIVAS Y ESTO GENERARÁ COSTOS ADICIONALES A SU SERVICIO COMO ABOGADA.

 

CON LA ABOGADA SIEMPRE SE FIRMA CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA SU TRANQUILIDAD.

 

NO SE HACE NECESARIA SU ASISTENCIA ANTE LA NOTARIA PARA LA FIRMA DEL DIVORCIO EN COLOMBIA, ESTO LO PUEDE HACER EL ABOGADO POR USTEDES.

 

Es importante que se comuniquen conmigo para brindarles una asesoría más precisa para su caso, recuerde que cada caso es especial y requiere de información especial.

 

 

 
Cordialmente,

 

Ángela Chávez

Abogada

T.P No. 215.417 del C.S de la J.

 

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