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Debes interponer una acción de tutela.
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Mediante una declaración extra juicio de la unión marital de hecho.
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18 meses y sino se inicia un proceso ejecutivo.
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En la UARIV Unidad de víctimas llevar el registro civil de defunción, los registros civiles que acrediten parentesco, la denuncia en la Fiscalía, fotocopia de documentos de identidad. Acercarse a l...
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Depende del Juzgado y si se apela puede tardar 4 años o más
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Acudir al fondo de pensiones al que perteneces y allí te lo expiden
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Las víctimas tienen dos opciones para acceder a la reparación y a la restitución de sus derechos. Una es la vía judicial, ante un juez de la República, y la otra es acudir a los mecanismos diseñado...
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Cualquier persona puede instaurar una acción de tutela.
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se llama impugnación de paternidad y es muy complicado por la caducidad. La Corte Suprema de Justicia en Jurisprudencia ya se ha manifestado al respecto
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NO, la tutela es un mecanismo sencillo no requiere pólizas sólo redactar bien el escrito y alegar las pruebas