Respondida
No hay poder humano que obligue a una persona a vender, pero si la division y venta de la cosa comun con un proceso se logra la venta pero noes inmediato tiene que haber proceso.
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tiene que ir a un centro de enseñanza.
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tiene que ir a un centro de enseñanza.
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No esta obligada, para eso esta los contratos de trabajo.
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La verdad no entendí, si saben que lo van a golpear pues hagalo conducir a la estación de policía.
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si estamos hablando de definoitiva es porque ya cumplio la pena y es inmediato pero no lo creo porque ellos son muy celosos en eso y la dan con dias de anticipacion, de resto cuando se les de la gana.
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hay que consignarselo en una cuenta del Banco popular, si ella no los quiere recibir es problema de ella pero sus hijas tienen el derecho, por eso consigneselos.
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Ya es tarde porque la apelación es en el momento porque la audiencia es verbal, se puede por tutela.
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Conciliar asi de sencillo.
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en primer lugar tiene que hacer el curso y veo que usted no lo ha hecho se hace en una escuela de reconocimiento de conductores y vale un salario mínimo mensual, tiene que sacar los exámenes, mas ...