Ud tiene derecho a la respectiva imdenizacion junto con los derechos ciertos e irrenunciables tales ccomo las cesantias, interes de casantias, vacacions, prima.
Primero se tiene que demostrar la paternidad, esto se hace con prueba de ADN, una vez reconocido el hijo procede el respectivo proceso ejecutivo de alimentos en la jurisdicción civil o si se desea...