Inasisténcia alimentaria
-
1 voto útil
los comisarios de familia deben establecer una cuota provisional y darle un documento de que la otra persona no asistió, y si su ex tiene medios o trabaja ´proceder a embargarla, otra cosa es que si no trabaja y tiene bienes pues también se le embargan los bienes, pero si no tiene nada es el problema solo se puede denunciar en la fiscalía y que le sigan el proceso penal.
Dado que ha agotado los mecanimos conciliatorios y se ha presentado incumplimiento por parte del padre en el pago de las cuotas y gastos escolares, debe iniciar demanda ejecutiva con el acta de conciliación que regula la obligación. Podemos asesorarlo(a) en el tema lo(a) invitamos a enviarnos una solicitud de información.
Si partimos del hecho de que hay una cuota fijada de 160.000 mensuales, el paso a seguir es iniciar un proceso ejecutivo de alimentos, con el ánimo de recuperar las cuotas dejadas de pagar y en paralelo denunciar a la parte incumplida por el delito de inasistencia alimentaria.