Tiempo para una demanda

Cuanto tiempo hay para ponerle una demanda a un extrabajador por robo a una empresa

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Grupo Patrick y Avellaneda Inmobiliaria. Desde 1995. Su éxito en Finca Raíz y de Negocios es Nuestro Compromiso.
Contestado

El articulo 73 de la ley 906 de 2004 expresa que: - La querella debe presentarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la comisión del delito. No obstante, cuando el querellante legítimo por razones de fuerza mayor o caso fortuito acreditados no hubiere tenido conocimiento de su ocurrencia, el término se contará a partir del momento en que aquellos desaparezcan, sin que en este caso sea superior a seis (6) meses - Para los delitos cometidos con posterioridad al 1o. de enero de 2005 rige la Ley 906 de 2004, con sujeción al proceso de implementación de la ley.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Contestado

De acuerdo con la respuesta de la firma Grupo Patrick.

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Contestado

Depende las circunstancias del hurto.

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