Separación de bienes.
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Contestado
Para que la convivencia de hecho adquiera las características y prerrogativas propias de la unión marital y con ella la existencia de una sociedad marital de hecho, es necesario que la convivencia mínima sea de dos años.
En consecuencia, los bienes adquiridos durante los últimos seis meses pertenecen única y exclusivamente a quién efectivamente los adquirió y sobre ellos el otro compañero/compañera, no tendrá ningún derecho.
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