Responsabilidad como codeudor
El ser codeudor implica una gran responsabilidad porque se compromete el patrimonio a favor del acreedor en caso de que el deudor no cumpla o no pague el crédito, por lo tanto el acreedor tiene todo el derecho a exigirle que responda ante la insolvencia de dicho deudor, si éste no tiene el patrimonio suficiente para poder cumplir. Lo anterior significa que el codeudor debe responderle al acreedor por la obligación adquirida por el deudor, y éste incumple con el pago. Ahora, la responsabilidad del codeudor termina cuando se haya solucionado la obligación, esto es, cuando se haya pagado la totalidad del credito. Cuando esto es así, entonces el codeudor que paga se subroga en la calidad de acreedor, y entonces le cobra al deudor. Hay que recalcar que las obligaciones solidarias solo se extinguen por pago o por prescripción.
Al suscribir el acuerdo en calidad de codeudor, usted, adquiere las mismas responsabilidades que el deudor principal y se le podrá exigir el pago directamente a arbitrio del acreedor. En todo caso le sugerimos verificar, la posible prescripción de la deuda, recuerde que no es posible embargo de su salario sin orden judicial, así que puede tratarse de un mecanismo de presión para el pago oportuno.
Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Abogado de Bogotá especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
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