Relaciones sexuales con menor de 14 años
Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Abogado de Bogotá especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
En Colombia la edad de consentimiento sexual es los 14 años. El código penal colombiano en sus artículos 208 y 209 consagra las penas para los delitos sexuales con menores de 14 años. Lo anterior quiere decir que si una persona mayor de 14 años consiente en tener relaciones sexuales con un adulto, el adulto no está incurriendo en ningún delito pues la ley penal colombiana penaliza las relaciones con menores de 14 años. De acuerdo a esto, la persona adulta que sostuvo relaciones sexuales con su hermana menor de 14 años incurrió en un delito consagrado en la ley penal colombiana y puede ser denunciado ante la Fiscalía. Aun cuando su hermana haya consentido, sigue siendo delito. Si no quiere denunciarlo penalmente lo que puede hacer es acudir a una comisaria de familia y solicitar una orden de protección, pero esto solo se puede hacer si hay indicios de que la vida e integridad de su hermana están corriendo peligro o está siendo vulnerada por la persona denunciada.
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Abogado de Fusagasuga especializado en Derecho Penal Económico
Las leyes y el derecho no son juego para asustar. Las normas que protegen la integridad de las personas son un tema muy serio, denuncie si hay delito, no en abuso del derecho. Atte. GPA.