Regulación de cuota alimentaria

Soy madre soltera, mi hija de 15 años vivió conmigo desde su nacimiento hasta hace dos meses debido a que decidió irse a vivir con su padre. Desde su nacimiento siempre fui responsable de su cuidado integral y de todo lo que obliga la ley. En 2011 adquirí un apartamento propio para las dos del cual pago mensualmente un crédito hipotecario. Adicional a esto, estoy pagando el 100% de la mensualidad del colegio y también el 100% del sistema de salud el cual esta compuesto por EPS, medicina prepagada, atención odontológica especializada y cubrimiento del 90% sobre el valor de cada medicamento fuera del pos. También pago su plan de voz y datos de telefonía móvil. Todo esto, incluyendo el 50% del valor de la cuota de la vivienda que actualmente ella no esta habitando suman un total de $1.212.500 mensuales y el padre antes solo consignaba $810.000 para cubrir todos los gastos obligatorios legales con la menor excepto la recreación que es del 100% responsabilidad de cada uno por compartir tiempo con ella. Ahora que mi hija vive con su padre, él quiere que yo le de a él los $810.000 que el me consignaba además de todo lo que estoy dando actualmente. Entonces me preguntaba:
El 50% del valor de la cuota de la vivienda que adquirí para las dos en 2011, que no puedo dejar de pagar ahora, puede seguir siendo parte de la cuota de alimentos que su padre me esta obligando a que le pague a él.
Es posible que yo solo pague las mensualidades del colegio, pero que el padre pague el valor de la matricula y los valores menores que salen en el transcurso del año escolar.
La vivienda donde el vive esta a nombre de su esposa con quien comparte desde hace 7 años y actualmente el ya no me esta dando mas la cuota pactada ($810.000). Puede ser este valor suficiente para que el cubra el resto de las obligaciones legales así como yo lo hacia y que es aun menor de lo que yo cubría?
Gracias

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Francisco de Paula Manotas Lopez

Francisco de Paula Manotas Lopez

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Civil

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Contestado

Las obligaciones alimentarias son asumidas por los padres en partes iguales, es decir, 50% cada uno.
Haga una relación de los gastos de la menor y los divide en partes iguales.

Alimentos es todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación, formación integral y educación o instrucción.

Puede citarlo a una audiencia de conciliación y llegar a un acuerdo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado