¿Qué pasará si el empleador se demora mas de una semana sin cancelar la liquidación al empleado?

Demora en pago de la liquidación.

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RONALD ROMERO

RONALD ROMERO

Abogado de Yopal especializado en Derecho Civil

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Contestado

El no pago de los valores adeudados al empleado, implica que el empleador debera pagar una indemnización al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. Esta indemnización se pagará durante el tiempo que dure la mora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.Para el cálculo de la indemnización se tomará como referencia el Salario que el trabajador estuviere devengando el último trabajado.
Una vez transcurridos los 24 meses en los cuales se calcula la indemnización, y si el empleado no ha iniciado un proceso ordinario para la reclamación del pago de su salario, el empleador deberá pagar al trabajador intereses moratorios a la tasa máxima de créditos de libre asignación certificados por la Superintendencia financiera.
El pago de intereses moratorios se aplicará a partir del mes 25, puesto que hasta el mes 24 se debe pagar la indemnización, y mal estaría que el empleador pagara una doble sanción sobre un mismo hecho.
Los intereses serán pagados sobre el valor de los salarios y prestaciones sociales adeudados al momento de la liquidación del contrato de trabajo. No se debe incluir la indemnización dentro de la base para el pago de los intereses moratorios.

Se debe tener claridad que la empresa o empleador no tienen un plazo diferente para pagar el salario y demás conceptos al empleado, que el mismo día en que se liquide el contrato de trabajo. Si se demora un día o mas, debe proceder a pagar la indemnización del caso.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado