¿qué hacer como co-deudor?
Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogados
Abogado de Bogotá especializado en Derecho del Trabajo
Contestado
Buenas tardes. Debe contratar un abogado para que revise el proceso ejecutivo y estructurar se defensa. El codeudor que paga puede repetir contra el deudor principal. Antes de notificarse de la demanda ejecutiva debe ya haber contestado a su abogado. El deudor solidario que ha pagado la deuda o la ha extinguido por alguno de los medios equivalentes al pago, queda subrogado en la acción del acreedor con todos sus privilegios y seguridades, pero limitada respecto de cada uno de los codeudores a la parte o cuota que tenga este codeudor en la deuda.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor