¿Puedo reclamar por un incumplimiento en entrega de vivienda por parte de la constructora?

Hay una constructora en la ciudad de Cartagena, la cual debió entregarme mi vivienda el 30 de abril del 2015 con plazo máximo de entrega el 30 de octubre de 2015.
Se les paso un derecho de petición el día 05 de noviembre de 2015 y la cual no han dado respuesta formalmente.
El día de hoy nos informaron que la vivienda la estarán entregando a finales de diciembre del presente año.
¿Qué debo hacer ante este hecho? Teniendo en cuenta que ya se les consignó la cuota inicial de la casa y se les entregó la carta del crédito pre aprobado por parte del banco.

Respuestas de otros profesionales:
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RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Penal

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Hay que verificar el contrato suscrito, generalmente ellos prevén ese tipo de circunstancias, estableciendo algún tipo de clausula o condición según su conveniencia, pero ello nunca se manifiesta al momento de realizar la negociación porque no es comercialmente conveniente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Lillyam Correa Perez

Abogado de Medellín especializado en Derecho Administrativo

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Si, puedes demandar por resolución de contrato con indemnización de perjuicios.

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