Puedo demandar con una letra de cambio?
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Buenos días, atendiendo a su pregunta, por supuesto se puede iniciar el proceso ejecutivo para lograr el pago de la obligación pactada, pues, la letra de cambio es un título valor que presta merito ejecutivo. En David Rodríguez Abogados estamos prestos a brindarle la mejor asesoria y el mejor servicio, nos puede contactar al correo hodar90@gmail.com
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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SERNA NARANJO Abogados
Abogado de Cali especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
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Por supuesto que es procedente, en derecho, la letra de cambio vencida es un titulo valor exigible y suficiente para demandar y solicitar medidas cautelares como el embargo.
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